"La norma comenzará a regir a partir del periodo fiscal que comienza el 1 de enero de 2019."
"Serán deducibles los gastos de matrícula, mensualidad escolar, uniformes y transporte escolar."

El presidente de la República Juan Carlos Varela sancionó este martes la ley 37 del 5 de junio de 2018 que adiciona un numeral al artículo 709 del Código Fiscal, que tiene como fin que los gastos escolares sean deducibles del impuesto sobre la renta.
Todos los padres de familia que tienen hijos en escuelas y universidades particulares se beneficiarán con deducciones anuales del impuesto sobre la renta hasta por 3 mil 600 dólares por cada dependiente.
Esta ley fue publicada este miércoles en la Gaceta Oficial. Vea el documento aquí.
La ley adiciona el numeral 9 al artículo 709 del Código Fiscal que establece que los gastos escolares incurridos con respecto a los dependientes menores de edad del contribuyente, incluyendo la matrícula y la mensualidad escolar, así como los útiles, uniformes y transporte escolar, relacionados con el primer nivel de educación básica y el segundo nivel o educación media serán deducibles.